Ese balance del último ejercicio, que arroja un beneficio de 3,7 millones, es sensiblemente superior al previsto hace un año por estas fechas (+1,1 millones) y aparece marcado ineludiblemente por los compromisos contraídos en el convenio de acreedores, que bajan ya de los dieciséis millones de euros. (El Comercio 22-12-10)
Estamos en el día siguiente a la Junta General de Accionistas, en el que las cuentas, lo que interesa a este blog, están pasando desapercibidas. La atención se centra en el caso Cote y en las guerras entra aficionados y consejeros. Por todo ello, hoy en la prensa asturiana es difícil encontrar algún dato sobre las cuentas, que no sea el tan cacareado beneficio de 3,7 M, y el dato de la deuda concursal, que a veces es 15, otras 17, o 16 como ahora.
Así que como no tengo mucho de lo que hablar, voy a referirme a lo que publicaba El Comercio con anterioridad a dicha Junta, y que podéis leer arriba del todo, en negrita para que se vea claro.
De tales palabras parece desprenderse que el resultado del ejercicio se ve ineludiblemente mermado por los compromisos contraídos en el convenio de acreedores, es decir, por el pago de la deuda concursal. O al menos eso interpreto yo. Sea así o no, por si alguno desconoce esta cuestión, voy a tratar de explicar como funciona contablemente el pago de la deuda, para que os deis cuenta de la naturaleza del error u omisión en el que constantemente cae la caverna mediática asturiana (caso parecido al que traté al principio de la semana con respecto a las obras en el Molinón y Mareo).
Cuando se paga una deuda, se disminuye el valor de dos cuentas: una de activo (bancos) y otra de pasivo (Deudas con entidades de crédito). La primera de ellas es del grupo 5 y la segunda puede ser del 1 o el 5, en función del plazo restante para su devolución. Dicho de otro modo, son cuentas que forman el balance.
En el otro lado, tenemos las cuentas de los grupos 6 (gastos) y 7 (ingresos). La diferencia entre estas cuentas es el Resultado del ejercicio, que será positivo si el grupo 7 es mayor que el 6, y negativo en caso contrario.
¿A dónde quiero llegar? Si al resultado del ejercicio sólo le afectan los grupos 6 y 7, quiere decir que todos los movimientos en el resto de grupos (del 1 al 5) no le afectan para nada.
Conclusión: Da igual ocho que ochenta. Ya pueden amortizar deuda por 2 Millones, 10 M o por infinito al cubo. El resultado del ejercicio sigue siendo 3,7 M.
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